Boletín 18216-05 · ver proyecto Ver fuente oficial ↗
Renovación de una indicación de las diputadas y los diputados Serrano, Gatica, Bassa, Crisóstomo y Tello para agregar el siguiente nuevo artículo transitorio, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: “Artículo transitorio nuevo.- Las disposiciones de la presente ley, en materias ambientales y tributarias, que contemplen reducción de plazos administrativos o establezcan reglas de silencio administrativo, entrarán en vigencia únicamente una vez que se haya verificado el reforzamiento de dotación y recursos de los órganos de la Administración del Estado y de las unidades administrativas respectivas que deban asumir la mayor carga de trabajo derivada de dichas modificaciones. La ley que disponga el referido reforzamiento institucional deberá señalar expresamente, en una disposición transitoria, que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el inciso precedente.”.
PRIMER TRÁMITE — PRIMER INFORME
Fecha
20 de mayo de 2026 a las 5:38 p. m.
Cámara
Cámara de Diputadas y Diputados
Resultado
Rechazado
Quorum
Quorum Simple
- En contra82
- A favor71
Voto individual
El punto (●) marca un voto distinto de la posición modal del partido en esta votación puntual — una diferencia objetiva, no un juicio (ver metodología).
ParlamentarioVoto