Boletín 14782-13 · ver proyecto Ver fuente oficial ↗
- Solicitud de declaración de admisibilidad efectuada por la Honorable Senadora señora Provoste: Indicación N° 2H, de las Honorables Senadoras señoras Provoste, Cariola y Sánchez, para reemplazar el inciso primero del artículo 203 propuesto en el número 2 del artículo 1, por el siguiente: “Artículo 203.- Los niños y niñas menores de dos años, hijos o hijas de personas trabajadoras, o respecto de quienes éstas ejerzan el cuidado personal, tendrán derecho a acceder a salas cunas, en las condiciones establecidas en la ley y en este Código, a fin de recibir alimentación, cuidado, protección y atención para su desarrollo integral durante la jornada laboral de la persona trabajadora.”.
Fecha
8 de septiembre de 2026 a las 8:43 p. m.
Cámara
Senado
Resultado
No informado por la fuente
Quorum
Mayoría simple
- A favor24
- En contra23
Voto individual
El punto (●) marca un voto distinto de la posición modal del partido en esta votación puntual — una diferencia objetiva, no un juicio (ver metodología).
ParlamentarioVoto