Boletín 18208-25 · ver proyecto Ver fuente oficial ↗
Incisos nuevos -En votación la indicación de los Honorables Senadores señores Flores y Walker, para incorporar, a continuación del inciso primero, los siguientes incisos nuevos: “Cuando el acusado, después de haber recibido efectivamente la acusación y los apercibimientos legales, hubiere realizado actos inequívocos dirigidos a eludir la recepción de la información sobre la fecha y lugar del juicio, el tribunal podrá tener por satisfecho este último requisito mediante resolución fundada en antecedentes concretos. Ello no eximirá de practicar las notificaciones legalmente exigibles. La declaración de rebeldía no sustituirá por sí sola los requisitos del inciso primero. Para determinar si la incomparecencia es injustificada, el tribunal examinará los antecedentes disponibles sobre sus motivos y oirá al defensor. Si existieren antecedentes concretos de un impedimento ajeno a la voluntad del acusado, dispondrá las diligencias indispensables para verificarlo antes de resolver. No podrá autorizar el juicio en ausencia mientras subsista un impedimento que justifique la incomparecencia. La sola alegación de un impedimento, sin antecedentes que le otorguen plausibilidad, no obligará a diferir la decisión.”. (página 14 del comparado)
Fecha
29 de septiembre de 2026 a las 9:31 p. m.
Cámara
Senado
Resultado
No informado por la fuente
Quorum
Q.C.
- En contra23
- A favor14
Voto individual
El punto (●) marca un voto distinto de la posición modal del partido en esta votación puntual — una diferencia objetiva, no un juicio (ver metodología).
ParlamentarioVoto